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¿A conductores pueden hacer comparendos por no usar tapabocas dentro de su carro?

De acuerdo con el Decreto 169 expedido por la Alcaldía de Bogotá, administrada por Claudia López, el uso de este elemento es obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio. Estas misma medida debería ser en la capital nariñense.

La medida, según indica el documento, aplica sin importar la actividad o labor que desempeñe la persona (lo que incluye la conducción de vehículo particular); en caso de no cumplir con esta disposición, las autoridades están habilitadas para imponer la sanción correspondiente establecida en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia, citó Pulzo.

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Estas mismas restricciones debería aplicarse y sancionarse en la región nariñense, puesto que muchos de los transeúntes y conductores recorren las calles incumpliendo las medidas sanitarias y de bioseguridad. Es decir ni si quiera llevan puesto el tapabocas.

En otras ciudades las autoridades de la Policía Nacional no perdonan nada, a todos los que incumplen, reciben su comparendo. Por lo que en Pasto, capital de Nariño, también tendrían que ser más drásticas las medidas.

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Ahora se espera que los nariñense cumplan los decretos emitidos por las alcaldías y la Gobernación de los toques de queda y ley seca en los 64 municipios.

En Nariño, son muchos los conductores del servicio público y particular que se movilizan sin tapabocas, por lo deberían ser sancionados.

Foto: Ámbito Jurídico

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