Nación

La Corte suspende al Esmad el uso de la escopeta calibre 12

Un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó al Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad, de la Policía Nacional, suspender la escopeta calibre 12.

Respalda la petición que hizo la Procuraduría General de la Nación al director de la Policía Nacional, por falta de la capacitación a uniformados para usar estos elementos durante jornadas de protestas.

Cabe recordar que en la manifestación en la ciudad de Pasto capital de Nariño, hubo un herido tras el disparo al parecer sería de una escopeta que tras un fallo acaba de ser suspendido su uso para las manifestaciones. Hechos que son materia de investigación.

La Corte dijo en el documento que si bien la Procuraduría General de la Nación le solicitó a ese cuerpo de seguridad suspender sus procedimientos ese tipo de arma en el desarrollo de manifestaciones, nada se ha hecho al respecto, asunto preocupante si se tiene la poca capacitación que recibe el personal del Esmad para manipular ese tipo de artefactos.

Sobre lo anotado, se constata, que en efecto, el Ministerio público expresó lo siguiente: “En desarrollo de la investigación por la muerte del joven Dilan Mauricio Cruz Medina durante una manifestación el pasado 23 de noviembre, solicitó al director de la Policía Nacional suspender de manera inmediata el uso de esta escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, empleada por el Escuadrón Móvil Antidisturbios para disolver revueltas, manejo de multitudes y bloqueos de vías por falta de capacitación a los miembros de la unidad sobre el manejo de esa arma”.

“Para el Ministerio público el uso de la escopeta calibre 12 relacionada como un arma mecánica cinética en el control de disturbios por parte de la Policía Nacional representa un serio peligro para la comunidad, lo cual se ha hecho palpable no solo en Colombia, sino de manera reciente en Chile y desde épocas preteritas en varios países tal como ha quedado documentado en varias publicaciones a nivel mundial”, reza el documento.

Agrega “En la comunicación al general Oscar Atehortúa Duque precisó el ente de control que “la solicitud formulada lleva un implícito un condicionado en el sentido que la Policía Nacional acredite la existencia de un protocolo específico de operación de dicha arma y de otro que permita acreditar…””.

A lo anterior dice ORDENAR a los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional, Esmad, y a cualquier institución que actúe “actividades de Policía” que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, suspenda el uso de las escopetas calibre 12 hasta tanto el a quo constitucional, previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento”.

Aquí el fallo de la Corte Suprema de Justicia

Foto: Carlos Castro

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