Noticias

Por firmar este contrato inhabilitan y destituyen a exgobernador de Nariño

La Procuraduría General de la Nación sancionó a 9 años e inhabilidad general para exgobernador de Nariño por firmar contrato interadministrativo con empresa sin la experiencia requerida.

La Entidad del Estado indicó que Edgar Roberto Mora Gómez, actual director del Igag en Nariño, firmó un contrato interadministrativo para la prestación del servicio de Internet con una empresa que no cumplía los requerimientos exigidos.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general de nueve años para ocupar cargos públicos al exgobernador (ad hoc) de Nariño, Edgar Roberto Mora Gómez, por firmar un contrato interadministrativo para la prestación del servicio de conectividad a Internet para los establecimientos de municipios no certificados del departamento, con una empresa que no acreditó la experiencia técnica exigida en los estudios previos.

El funcionario fue nombrado como gobernador Ad Hoc por el actual embajador de Colombia en Buenos Aires, Argentina, Camilo Romero, quien fue gobernador del departamento de Nariño en el periodo 2016-2019.

La Delegada Disciplinaria de Juzgamiento sostuvo que el exmandatario encargado desconoció la normativa contractual al celebrar el contrato interadministrativo con UNIMOS S.A. E.S.P., compañía que carecía de la idoneidad y capacidad requerida, lo que motivó la subcontratación para ejecutar el objeto del negocio jurídico principal.

Dicho nombramiento del actual director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en Nariño, IGAG, se dio para adelantar procesos de contratación en el municipio de Ipiales, debido a que el alcalde para ese periodo era Ricardo Romero Sánchez, padre del exgobernador y actual embajador Camilo Romero.

La entidad señaló que, en su calidad de ordenador del gasto, Mora Gómez, transgredió el principio de responsabilidad estatal para garantizar la selección objetiva que rige la contratación estatal, por lo que calificó su falta como gravísima a título de culpa gravísima.

En el expediente el Ministerio Público incluyó al exgerente de la empresa municipal de telecomunicaciones de Ipiales UNIMOS S.A. E.S.P. (2016 – 2017), Jaime Andrés Oliva Ortega, a quien sancionó con 10 meses de suspensión, por no haber actuado con el debido cuidado para acreditar los requisitos exigidos en los estudios previos.

Asimismo, le reprochó no haber seguido los lineamientos previstos por el Ministerio de Educación para garantizar la correcta prestación del servicio de internet a los beneficiarios, por lo que calificó su conducta como falta grave a título de culpa grave. En ambos casos el fallo puede ser apelado ante la sala ordinaria disciplinaria de juzgamiento.

De acuerdo a las autoridades, la conectividad era para los 61 municipios del territorio nariñense no certificados, lo cual dicha empresa no acreditó la experiencia técnica exigida en los estudios previos.

WP2Social Auto Publish Powered By : XYZScripts.com