Nación

Rechazan en Putumayo envenenamiento de perros, gatos y pollos

En el municipio del Valle del Guamuéz, Bajo Putumayo, rechazan el envenenamiento masivo de perros, gatos y pollos.

Según las denuncias, los hechos de envenenamiento a los animales domésticos habría ocurrido en la madrugada de este 19 de septiembre de 2023.

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La situación ocurrió en la vereda La Palestina, ubicada a varios minutos del casco urbano de esa localidad, en donde la mujer que cuida a estos animales, cuando se levantó se encoentró con el tendal de animales muertos en los alrededores de su casa y hasta en la vía.

De acuerdo a versiones de de la afectada, serían más de 5 perros los muertos, así mismo le mataron gatos y pollos, presuntamente les lanzaron alimentos envenenados.

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La mujer de nombre Francia, quien desde años atrás se dedica a adoptar los animales, habría manifestado que tendría pruebas suficientes para acusar de este envenenamiento masivo.

En las redes sociales circula un video en donde se observa a los animales muertos y se ve a la mujer bastante angustiada por lo que ella les ofrece techo y alimentos.

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Vecinos de la zona rechazaron este grave problema en contra de los animales que no le hacen daño a nadie y piden a las autoridades se investigue y se castigue a los culpables de cometer este macabro caso.

Cabe recordar que de hallar culpables de la muerte de estos animales, el señalado o acusado tendrá que responder ante la justicia ya que el caso tiene cárcel.

La dueña y cuidadora de los animales, habría señalado que entregaría las pruebas de quien pudo ser el culpable de la muerte masiva y presuntamente tendría que responder a la justicia por los delitos de los que sea indilgado.

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De acuerdo a la Ley 1774 del 6 de enero de 2016 estas son las sanciones:

¿Cuáles son las multas por maltrato animal?

La ley 1774 establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En caso de que se cometan delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, sean de compañía, silvestres, vertebrados o exóticos, entre otros, y que se les cause la muerte o lesiones de salud graves, la pena será de prisión entre 12 a 36 meses e inhabilidad especial de 1 a 3 años para poder ejercer la profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multas de 5 a 60 SMMLV.

Las penas de prisión aumentarían a la mitad a tres cuartas partes si se cometen conductas:

  1. Con sevicia.
  2. Cuando una o varias de las conductas de maltrato se lleven a cabo en la vía o en sitios públicos.
  3. Si para maltratar se valen de menores de edad o si el hecho se realiza en presencia de ellos.
  4. Cuando se cometan actos sexuales con los animales.
  5. Cuando el delito de maltrato animal lo cometiera un servidor público o quien ejerza funciones públicas.
  6. Eventualmente se puede incluir el decomiso del animal y los gastos que estos generen con el fin de garantizar su protección.

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